El registro de huéspedes en España está regulado y tiene carácter obligatorio en las primeras 24 horas posteriores a la llegada o la salida de los viajeros. Esta información se tiene que comunicar a los cuerpos de seguridad del Estado, Guardia Civil o Policía Nacional.
Dada la lucha contra el terrorismo y por motivos de seguridad ciudadana, el registro de viajeros es una tarea obligatoria para cada gestor y propietario de alquileres vacacionales y servicios hoteleros de España.